CASO DE CONTROL DE
INVENTARIOS EMPRESA EL REY
Presentado Por: DIEGO GUTIERREZ HERRERA, DIEGO SANCHEZ SANCHEZ
Después de realizar el
cuestionario de control interno de cada área de la investigación hacemos las
siguientes recomendaciones y observaciones:
Los estados financieros a
31 de Diciembre de 2012 reflejan de forma relativa la situación financiera real
de la empresa.
INVENTARIOS
- Observamos que los
ajustes efectuados no tienen firma de autorización, ni las actas
autorizando el retiro de inventario.
- Se recomienda revisar
el procedimiento empleado actualmente para la verificación y autorización
de ajustes correspondiente a las diferencias presentadas en los
inventarios, estos ajustes deben estar soportados por el documento de
ajuste autorizado por las instancias respectivas junto con el acta que
ratifica dicho ajuste.
- Para el caso de los
inventarios dados de baja, éstos deben encontrarse soportados por las
actas que en su oportunidad se realizaron y su registro contable debe
coincidir con la fecha del acta que da lugar al retiro del inventario.
CLIENTES
·
Recomendamos establecer o aclarar el procedimiento de cobro
pre-jurídico y/o jurídico de la compañía, así como mantener un archivo
actualizado de estos casos.
SECTOR
SEGUROS
Presentado
Por:
Luz Gutierrez
Briseño
SEGUROS
1.
La legislación tributaria le
permite reducir los plazos para las devoluciones de impuestos a 20 días, si
junto con la solicitud de devolución se presenta una póliza de cumplimiento
otorgada por una compañía aseguradora autorizada, por valor equivalente al monto
objeto de devolución más la sanción por devolución improcedente de saldos a
favor.
2.
El monto límite a asegurarse
mediante las pólizas que respaldan las devoluciones de impuestos es de 10.000
s.m.m.l.v (5.895 millones). Así mismo las aseguradoras deben comprometerse a
verificar que dentro de este monto asegurable se incluyan:
·
El valor objeto de la
devolución
·
Los intereses moratorios
·
La sanción por devolución
improcedente
3.
La entidad beneficiaria de la garantía puede implementar mecanismos que
aseguren la vigencia de la póliza tales como la exigencia del recibo de pago de
la prima, o incorporando el pago contra entrega de la póliza respectiva.
El carácter imperativo del artículo 1068 del Código de Comercio, norma
que consagra la terminación automática del contrato de seguro por mora en el
pago de la prima, impide que las partes a través de la convención acuerden una
situación diferente desconociendo sus efectos. En este orden, la entidad
beneficiaria de la garantía puede implementar mecanismos que aseguren la
vigencia de la póliza tales como la exigencia del recibo de pago de la prima,
aspecto que se complementa con la práctica generalizada del mercado asegurador
de incorporar como condición de esta modalidad de seguro, el pago contra
entrega de la póliza respectiva.
SECTOR EDUCACIÓN
JEISON
SABOGAL
ANDRES
ORTIZ
DEDUCCIÓN DEL IMPUESTO
DE RENTA POR INVERSIONES O DONACIONES EN INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO
TECNOLÓGICO.
1. Cualquier persona que realice inversiones en proyectos
calificados como de investigación y desarrollo tecnológico, según los criterios
y las condiciones definidas por el Consejo Nacional de Beneficios Tributarios
en Ciencia, Tecnología e Innovación tendrán derecho a deducir de su renta, el
ciento setenta y cinco por ciento (175%) del valor invertido en dichos proyectos
en el período gravable en que se realizó la inversión. Esta deducción no podrá
exceder del cuarenta por ciento (40%) de la renta líquida, determinada antes de
restar el valor de la inversión.Tales inversiones serán realizadas a través de
Investigadores, Grupos o Centros de Investigación, Desarrollo Tecnológico o
Innovación o Unidades de Investigación, Desarrollo Tecnológico o Innovación de
Empresas, registrados y reconocidos por Colciencias.
2. El mismo beneficio aplica para los contribuyentes que realicen
donaciones a centros o grupos reconocidos por Colciencias, siempre y cuando se
destinen exclusivamente a proyectos calificados como de investigación o
desarrollo tecnológico, según los criterios y las condiciones definidas por el
CNBT. Serán igualmente exigibles para la deducción de donaciones los demás
requisitos establecidos en los artículos 125-1, 125-2 y 125-3 del Estatuto
Tributario.
EXENCIONES TRIBUTARIAS EN CT+I
3. Exención del IVA. La Ley contempla beneficios para los activos
importados por las instituciones de educación o los centros reconocidos por el
Departamento Administrativo de Ciencia, Tecnología e Innovación - Colciencias,
con destino a proyectos calificados como de investigación científica,
tecnológica o de innovación (Art. 428-1 del Estatuto Tributario).
4. Renta exenta por certificación de nuevo software con alto
contenido científico: de acuerdo con la Ley 788 de 2002 (art. 207-1 del
Estatuto Tributario), cualquier persona que desarrolle nuevos productos de
software elaborados en Colombia, con un alto contenido de investigación
científica y tecnológica nacional, tendrá derecho a deducir de renta los
ingresos recibidos por la comercialización del mismo.
• Se considera nuevo, el producido a partir de la entrada en
vigencia de la Ley
• El beneficio tiene vigencia hasta el 31 de Diciembre de 2017.
5. Renta exenta por ingresos no constitutivos de renta o ganancia
ocasional: de acuerdo con el articulo 57-2 del Estatuto Tributario,los recursos
que reciba el contribuyente para ser destinados al desarrollo de proyectos
calificados como de carácter científico, tecnológico o de innovación, según los
criterios y las condiciones definidas por el Consejo Nacional de Beneficios
Tributarios en Ciencia, Tecnología e Innovación, son ingresos no constitutivos
de renta o ganancia ocasional.
Igual tratamiento se aplica a la remuneración de las personas
naturales por la ejecución directa de labores de carácter científico,
tecnológico o de innovación, siempre que dicha remuneración provenga de los
recursos, destinados al respectivo proyecto, según los criterios y las
condiciones definidas por el Consejo Nacional de Beneficios Tributarios en
Ciencia, Tecnología e Innovación."
SISTEMA DE INFORMES
Exención de IVA
Una vez cumplidos los trámites de importación se debe remitir a
COLCIENCIAS debidamente diligenciado el
formato relación de equipos con exención de IVA por proyecto de ducción
tributaria.
Según lo establecido en el articulo quinto del Acuerdo 3 de 2011
del CNBT
"...Las entidades responsables de los proyectos calificados
presentarán a la Secretaría Técnica del Consejo en el mes de enero de cada año,
un informe sobre la ejecución y avances del proyecto durante el año
inmediatamente anterior, donde discriminarán las inversiones realizadas o
donaciones recibidas y el uso previsto del beneficio fiscal..."
"... PARÁGRAFO. Todos los informes deberán ser suscritos por
la entidad responsable y el investigador, grupo .o centro de investigación o de
desarrollo tecnológico, o unidad de investigación o desarrollo tecnológíco de
las empresas reconocidos por Colciencias.
Modificado por el articulo quinto del Acuerdo 6 de 2012 del CNBT
que dice:
"... Ampliase al primer trimestre del año siguiente, los
informes anuales previstos en el Acuerdo 3 de 2011"
1.1.
Entes no Gubernamentales
Mediante la compilación de diferentes fuentes, en documento
emitido por la Universidad Nacional, se encuentran indicados algunos
componentes importantes del proceso desarrollado y/o posturas por parte de
UNESCO en cuanto a educación Superior, en la cual se señala de forma particular
la Declaración del 2009 como consecuencia sobre Educación Superior de París.
Para el organismo internacional,
(…)la educación superior tiene la responsabilidad social de hacer
avanzar nuestra comprensión de problemas polifacéticos con dimensiones
sociales, económicas, científicas y culturales, así como nuestra capacidad de
hacerles frente (…y…) debería asumir el liderazgo social en materia de creación
de conocimientos de alcance mundial para abordar retos mundiales, entre los que
figuran la seguridad alimentaria, el cambio climático, la gestión del agua, el
diálogo intercultural, las energías renovables y la salud pública.[5]
En este mismo Comunicado, la UNESCO señala que las tareas de la
educación superior son múltiples. En particular, recomienda
(…) centrarse aún más en los aspectos interdisciplinarios y
promover el pensamiento crítico y la ciudadanía activa, contribuyendo así al
desarrollo sostenible, la paz y el bienestar, así como a hacer realidad los
derechos humanos, entre ellos la igualdad entre los sexos.
Si bien tal Comunicado no tiene fuerza de ley, estos fines
consensuados son congruentes con varios dispositivos normativos internacionales
vigentes en Colombia, y en particular con el primero de ellos, la Declaración
Universal de los Derechos Humanos de 1948 que considera:
(…) la educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la
personalidad humana y el fortalecimiento del respeto a los derechos humanos y a
las libertades fundamentales; favorecerá la comprensión, la tolerancia y la
amistad entre todas las naciones y todos los grupos étnicos o religiosos; y
promoverá el desarrollo de las actividades de las Naciones Unidas para el
mantenimiento de la paz (art. 26 al.3).
Posteriormente y en desarrollo a lo anterior, otra norma
internacional, el Pacto de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales de
1966 (DESC), señala en su artículo 13 que
(…) la educación debe orientarse hacia el pleno desarrollo de la
personalidad humana y del sentido de su dignidad, y debe fortalecer el respeto
por los derechos humanos y las libertades fundamentales. (…) la educación debe
capacitar a todas las personas para participar efectivamente en una sociedad
libre, favorecer la comprensión, la tolerancia y la amistad entre todas las
naciones y entre todos los grupos raciales, étnicos o religiosos, y promover
las actividades de las Naciones Unidas en pro del mantenimiento de la paz.
Estos mandatos internacionales, al considerar que la educación
debe propender por el “pleno desarrollo de la personalidad humana”, indican por
lo tanto que la formación debe tener un carácter integral.
Sin embargo, el derecho internacional no se limitó a señalar los
fines generales de la educación, sino que indica también unos principios con
los cuales deberían ser alcanzados. Así, la Declaración Universal de los
Derechos Humanos de 1948 considera (art. 26, al.1) también que
Toda persona tiene derecho a la educación. La educación debe ser
gratuita, al menos en lo concerniente a la instrucción elemental y fundamental.
La instrucción elemental será obligatoria. La instrucción técnica y profesional
habrá de ser generalizada; el acceso a los estudios superiores será igual para
todos, en función de los méritos respectivos.
Así mismo, el Pacto de los DESC de 1966 vendrá también a confirmar
y reforzar lo anterior:
Los Estados Partes en el presente Pacto reconocen que, con objeto
de lograr el pleno ejercicio de este derecho:
a) La enseñanza primaria debe ser obligatoria y asequible a todos
gratuitamente;
b) La enseñanza secundaria, en sus diferentes formas, incluso la
enseñanza secundaria técnica y profesional, debe ser generalizada y hacerse
accesible a todos, por cuantos medios sean apropiados, y en particular por la
implantación progresiva de la enseñanza gratuita;
c) La enseñanza superior debe hacerse igualmente accesible a
todos, sobre la base de la capacidad de cada uno, por cuantos medios sean
apropiados, y en particular por la implantación progresiva de la enseñanza
gratuita;
d) Debe fomentarse o intensificarse, en la medida de lo posible,
la educación fundamental para aquellas personas que no hayan recibido o
terminado el ciclo completo de instrucción primaria;
Allí se indica con claridad unos puntos centrales en cuanto a
principios que guían la forma como los Estados deben organizar,
progresivamente, todo su sistema educativo: universalidad, gratuidad,
accesibilidad para todos con base en la capacidad o al mérito de cada uno. En
otras palabras, la educación, incluida la educación superior, debe ser
considerada como un derecho, en donde el Estado tiene la responsabilidad social
de intervenir para garantizar un acceso para todos, generalizado, avanzar hacia
la gratuidad en forma progresiva y, para el caso específico de la educación
superior, según los méritos de cada uno.
SECTOR TEXTIL
Presentado Por: Laura
Elizabeth Cuellar Pinzón, Camila Andrea Hastamorir Hernández-lcuellarp2@ucentral.edu.co
Teniendo en
cuenta la pregunta planteada ¿En que se ve afectado el sector textil con la
reforma tributaria? para el desarrollo del proyecto, se dictan las siguientes
opiniones:
En estos
aspectos se puede tener en cuenta que el sector textil, tiene una gran
perspectiva ya que tenemos que encontrar las ventajas y desventajas que
encontramos en ella, los tratados que por si puedan dar beneficios y que
consigo traigan una formalización y
ayudas para que así mismo el sector sea más competitivo.
Desde el
último examen de su Política Comercial, Colombia ha continuado adelantando e
implementando con éxito una estrategia de inserción en la economía global. Esta estrategia se ha llevado a cabo en un
contexto caracterizado por la coexistencia de diversos procesos de integración
que van desde desarrollos complejos y lentos en el ámbito multilateral hasta
procesos unilaterales de apertura, pasando por instancias de integración de
carácter regional y la suscripción de un número apreciable de acuerdos
bilaterales.
Los medios con
los cuales las mercancías textileras pueden exportar o importar con un país
vecino vienen dados en la balanza de pago comercial,con la cual se definen los
preciosde ingreso o egreso de las mercancías, el valor necesario para la
fijación en la factura.
El crecimiento del sector textil en
Colombia se ha visto en aumento, gracias a los altos niveles de venta de
mercancía y de exportación, eso viene dado a las promociones internas y al
merado tan apetecido para los colombianos y colombianas.
FINANCIACION
PARA EL SECTOR AGRICOLA
Presentado por:
Paola Ximena Vargas
Galindo,Juliana Piñeros Piñeros,Yuli Carrillo Martinez
BANCO AGRARIO DE
COLOMBIA
Capacitación mano de obra
Es fundamental
la educación básica primaria y la educación secundaria para la adquisición de
créditos de manera más fácil con el Banco Agrario, para así fortalecer la
fuerza laboral agrícola en Colombia, por
tanto es necesario enfocar los esfuerzos en las mejoras de las destrezas
laborales de la mano de obra agrícola
¿Qué nivel de
escolaridad es necesario para que la solicitud de un crédito por parte de un
trabajador agrícola sea más fácilmente aprobada?
Diversidad climática y subsuelos
Si se analiza el
sistema productivo, social y económico que aprecia que una de las debilidades
que afecta de manera directa las competitividades del sector agrario colombiano
es la diversidad climática y de suelos con la que cuenta el país, pero a su vez
las mismas diversidades son beneficiosas para la producción de diferentes
productos que son altamente valorados en mercados particulares
¿Qué aspectos le
favo9recen al sector agrario y los cuales permiten que los agricultores generen
competitividad a nivel mundial?
Más plazo para reestructuración de créditos FINAGRO
La comisión
nacional de crédito agropecuario encabezada por el Ministro de agricultura
decisión flexibilizar las condiciones en que operan las reestructuraciones de
crédito con recursos del fondo para el financiamiento del sector agropecuario
FINAGRO.
Debido a los
problemas presentados por las variaciones en las tasas de cambio y a los
cambios climáticos, algunos productores agropecuarios han tenido problemas para
cancelar sus obligaciones con las condiciones pactadas inicialmente.
Con esta medida se busca que los productores
puedan seguir desarrollando sus actividades, sin incumplir con el pago de sus
obligaciones.
Fondo Nacional de Garantías
Presentado por
NATHALY GRANADA BOHÓRQUEZ
El Fondo Nacional de
Garantías S.A. fue constituido mediante Escritura Pública No. 130, otorgada el
16 de Febrero de 1982 en la Notaría 32 del Círculo de Bogotá con aportes del
Instituto de Fomento Industrial (IFI), la Corporación Financiera de Desarrollo
y las diferentes seccionales de la Asociación Colombiana de Medianas y Pequeñas
Industrias (Acopi).
Inició operaciones en el
mes de junio del mismo año, garantizando las solicitudes de crédito para la
pequeña y mediana industria manufacturera. Posteriormente amplió sus servicios
a todos los sectores económicos que generan divisas para el país, con la
participación del Fondo de Promociones de Exportación PROEXPO, hoy Banco de Comercio
Exterior.
Desde 1992
se empezó a respaldar otros sectores económicos y actualmente garantiza
créditos otorgados para actividades económicas tales como comercio o servicios,
además de la industria.
-PROGRAMA ESPECIAL DE GARANTÍA COLOMBIA EXPORTA- MODALIDAD CRÉDITO
Monto
máximo del programa:
El cupo del programa de garantía es de
$60.000.000.000 en valor del crédito
Monto
máximo del producto de garantía:
Serán garantizables los créditos
otorgados a cada deudor hasta $300.000.000 o su equivalente en dólares por
intermediario financiero.
Plazo del
crédito:
Desde 12 meses hasta 60 meses
Destino del
crédito:
Modernización y ampliación de la
capacidad productiva de las empresas mediante la adquisición de activos fijos,
tales como maquinaria, equipos, vehículos, locales, bodegas.
- PROGRAMA
ESPECIAL DE GARANTÍA COLOMBIA EXPORTA- MODALIDAD LEASING
Monto
máximo del programa:
El cupo del programa de garantía es de
$14.000.000.000 en valor del crédito
Monto
máximo del producto de garantía:
Serán garantizables las operaciones de
leasing financiero a cada deudor hasta $300.000.000 por intermediario
financiero.
Plazo del
crédito:
Desde 12 meses hasta 60 meses
Destino del
crédito:
Modernización y ampliación de la
capacidad productiva de las empresas mediante el arrendamiento financiero de
activos fijos, como maquinaria, equipos, vehículos, locales, bodegas.
CONTABILIDAD AMBIENTAL
Presentado Por:
Johana Paola Triana Vega
John Alexander Plazas Ramírez
a) Políticas ambientales en Colombia: En Colombia[1], desde 1974 se ha expedido cada cuatro años una política nacional ambiental. La política ambiental, contenida en el Plan Nacional de Desarrollo 1990-1994 ordenó, entre otros, la creación del Ministerio del Medio Ambiente y la contratación de créditos con la banca multilateral con el fin de fortalecer la gestión ambiental.
El Plan Nacional de Desarrollo 1994-1998, aprobado por el Congreso de la República en el ámbito del nuevo orden constitucional, estableció la política ambiental denominada "Hacia el desarrollo humano sostenible". Plantea cinco objetivos básicos: promover una nueva cultura del desarrollo, mejorar la calidad de vida, promover una producción limpia, desarrollar una gestión ambiental sostenible y orientar comportamientos poblacionales. Formuló siete programas y acciones para el mejoramiento ambiental: protección de ecosistemas estratégicos, mejor agua, mares limpios y costas limpias, más bosques, mejores ciudades y poblaciones, política poblacional, y producción limpia. Y prevé siete acciones instrumentales para el desarrollo de los objetivos y programas: educación y concientización ambiental, fortalecimiento institucional, producción y democratización de la información, planificación y ordenamiento ambiental, y cooperación global.
El Plan Nacional de Desarrollo 1998-2002 incorpora "El proyecto colectivo ambiental para construir la paz" y define al agua como tema prioritario y eje articulador de la política ambiental. Se señalan siete programas prioritarios: agua, biodiversidad, bosques, calidad de vida urbana, producción más limpia, mercados verdes y sostenibilidad de los procesos productivos. Registra una continuidad en relación con la política ambiental de los dos periodos anteriores, así como continuidades con las políticas nacionales de los años setenta y ochenta como se tipifica en el caso de los bosques.
En los tres planes nacionales de desarrollo expedidos en la década de los noventa se advierte continuidad y la paulatina incorporación de la dimensión ambiental en algunas políticas sectoriales, un hecho que se relaciona con las competencias que tiene el Ministerio de Ambiente en materia de su definición, conjuntamente con otros ministerios.
b) Políticas ambientales: en cuanto las políticas ambientales que se han adoptado en el mundo, existen dos grandes medidas concertadas recientemente entre las grandes potencias y bloques económicos. Estas dos grandes medidas son el protocolo de kyoto y las normas internacionales de contabilidad con su “NIC Medioambiental” o NIC 37 que trata de la contabilidad ambiental.
El Protocolo de Kyoto[2] es un pacto al que llegaron los gobiernos en la conferencia de las Naciones Unidas celebrada en Kioto, Japón, en 1997 para reducir la cantidad de gases emitidos por los países desarrollados -los grandes emisores- en un 5,2 por ciento respecto a los niveles registrados en 1990 durante el período de cinco años comprendido entre 2008 y 2012. Un total de 141 naciones han ratificado el pacto, de acuerdo a los datos de las Naciones Unidas. El protocolo de Kioto será legalmente vinculante para los países que lo han ratificado a partir del 16 de febrero después de que se hayan cumplido dos condiciones: el respaldo de al menos 55 países y que estos países representen al menos el 55 por ciento de las emisiones de dióxido de carbono de los países desarrollados. La segunda condición se vio cumplida en noviembre de 2004 cuando Rusia ratificó el protocolo y actualmente los países que lo respaldan representan el 61,6 por ciento de las emisiones. Estados Unidos, el mayor contaminador mundial, no ha ratificado el tratado alegando que el protocolo de Kioto es demasiado caro y omite equivocadamente a algunas naciones en vías de desarrollo.
Al destacar los aspectos mas importantes de la Norma Internacional de Contabilidad[3], NIC 37, debemos reconocer la vinculación de esta Norma con la Declaración Complementaria de Auditoría 1010 de la IFAC que trata sobre las cuestiones medioambientales definiéndonos en principio como:
“Iniciativas para prevenir, disminuir o remediar el deterioro del medio ambiente, o para procurar la conservación de los recursos renovables y no renovables (tales iniciativas pueden ser requeridas por leyes o regulación relativas al medio ambiente, por las cláusulas de un contrato, o ser acometidas de manera voluntaria);Consecuencias de la transgresión de las leyes y de la regulación relativas al medio ambiente.Consecuencias del deterioro del medio ambiente debido a terceros o a causas naturales.Consecuencias de obligaciones de impuestos por la ley (por ejemplo, por daños causados por los anteriores propietarios)
c) Litigios medio ambientales con análisis desde el punto de vista contable: el litigio más reciente en materia medioambiental en Colombia es el sonado y polémico “Caso Drummond”. Drummond de Colombia es una empresa la cual se dedica a la explotación del carbón. Esta empresa vertioentre 500 y 1.800 toneladas luego de la emergencia que sufrió una barcaza de la multinacional, que estuvo a punto de hundirse entre la noche del 12 y la mañana del 13 de enero del 2013 en el puerto de Ciénaga (Magdalena).
Por lo anterior el ministerio del medio ambiente decidioretiro el permiso para cargar carbón en un puerto de Santa Marta a la multinacional Drummond, la medida es por tiempo indefinido.La medida se extiende hasta cuando la empresa presente un nuevo plan de contingencia para casos de emergencias de sus barcos cargados de carbón. Su punto de vista contable esta en la implicación de las diferentes multas y sanciones legales a las cuales esta expuesta la compañía y el contador publico conoce.
d) Riesgos legales para las empresas en Colombia en materia medioambiental:
Con la expedición del nuevo Régimen Sancionatorio Ambiental[4], Ley 1333 de 2009, se establece la obligación al Gobierno Nacional de definir los criterios para la imposición de multas por infracción a la normativa ambiental y establecer la dosimetría de la sanción. Sin embargo, desde el año 2007, el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial ha venido trabajando en el desarrollo conceptual de un esquema para la imposición de multas que incorpore mejores criterios técnicos y jurídicos y brinde bases objetivas a las entidades y funcionarios encargados de aplicar estas sanciones.
De manera complementaria al desarrollo conceptual, se ha formulado un modelo matemático que desarrolla estos criterios y permite ejercer por parte de la autoridad ambiental su función sancionatoria, procurando el cumplimiento de las condiciones establecidas y fomentando un cambio en el comportamiento de los
Regulados hacia la consideración de condiciones ambientales en las actividades productivas.
Son el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, las Corporaciones Autónomas Regionales, las Corporaciones de Desarrollo Sostenible, las Unidades Ambientales de los Grandes Centros Urbanos a los que se refiere el artículo 66 de la Ley 99 de 1993, los establecimientos públicos de que trata el artículo 13 de la Ley 768 de 2002 y la Unidad Administrativa Especial del Sistema de Parques Nacionales Naturales, las Autoridades Ambientales responsables de imponer a los infractores de las normas ambientales las sanciones a que haya lugar.
El esquema planteado se desarrolla a partir de los principios de la política ambiental colombiana, los de proporcionalidad y razonabilidad y los orientadores de las actuaciones administrativas, ajustados a la normativa ambiental colombiana.
I. Contabilidad ambiental:
Para conocer el concepto de la información ambiental en las empresas industriales es muy complejo ya que muchas de estas empresas no tienen muy claro cómo manejar el tema del ambiente y sus costos.
Por ello es necesario dar una breve explicación de lo que es y cómo se maneja la información ambientala favor de cada una de las empresas del mundo y de Colombia.
En algunas de las legislaciones como la mexicana, la ecuatoriana o la chilena es considerada la información ambiental como una base de datos (Escrita, visual u otra) de que estas autoridades disponen en materia del agua, el aire, suelo, flora, fauna u otro recurso natural del cual se disponga o todas las actividades o medidas que afectan dicha información.
Es importante tener en cuenta que dicha información se puede retomar de planos, reportes o investigaciones que se han hecho en materia ambiental para darle una cuantificación al impacto que se tiene en el medio ambiente.
En el documento Estratégico de lineamientos de política de información ambiental para Colombia (Escalón 2006) emitió unos principios para el proceso del desarrollo de la información ambiental.
a) Recurso Estratégico: Esta información es un recurso para el desarrollo de la Nación, y se regirá por las directrices en los lineamientos de la política ambiental colombiana.
b) Función Social de la Información ambiental: Esta información debe cumplir con una función social, la cual debe estar disponible para cualquier usuario que lo requiera para uso y análisis e interpretación de la misma. Así los usuarios pueden consultar la información de las empresas productoras.
c) Información ambiental producida por las instituciones estatales, como patrimonio de la nación: La información ambiental que se produce por las entidades del estado es patrimonio del mismo, estos productores de esta información son responsables de la organización, conservación, uso y manejo de la misma.
d) Administración de la información ambiental: La administración de esta información es de carácter público en la gestión ambiental. Por su organización, conservación, uso y manejo de la misma.
e) Calidad de la información ambiental: Esta información se debe manejar con criterios homologables y estándares reconocidos de calidad.
f) Racionalidad de las Inversiones: esta información es manejada con criterios de eficiencia, garantizando la racionalidad de las mismas inversiones con un máximo retorno a la sociedad.
g) Rigor Subsidiario: las normas que expidan las entidades se podrán hacerse sucesiva y respectivamente rigurosas, pero no flexibles por las autoridades competentes de nivel regional, departamental, distrital o municipal.
Esta información a parte de referirse a la calidad de nuestro entorno y el manejo de sustancias por las empresas altamente contaminantes. Sino que también hace referencia a las medidas de los gobiernos y las empresas para proteger el medio ambiente.
En Colombia según la constitución de 1991 introduce cambios en materia ambiental con la protección de los derechos colectivos y del medio ambiente. Por esto la “Constitución ecológica” que también se conoce como la carta pública donde enmarca los principios de Estado social de Derecho.
En esta constitución tubo el gran propósito de establecer diversas medidas de carácter ambiental, incluyendo el derecho de un ambiente sano y al desarrollo sostenible teniendo en cuenta las inminentes necesidades del planeta y los grandes cambios que viven actualmente.
En el año 1993 se crea la ley 99 de este año, donde se crea el sistema nacional ambiental “SINA” donde se consagra el derecho a la petición ambiental para el usuario, el cual puede formular peticiones informando sobre los productos contaminantes que pueden afectar a la vida humana.
Para el Código de Recursos Naturales y de Medio ambiente la conservación del medio ambiente de patrimonio común de utilidad pública y de interés social para conservarla y preservarla con un buen manejo.
La legislación en Colombia tiene 10 temas fundamentales para el desarrollo de la información ambiental, la investigación y su preservación.
• Información Catastrófica
• Información Hidrometeoro lógica, hidrológica, Hidrogeológica y Climática.
• Información Edafológica.
• Información Geológica
• Información sobre usos no agrícolas de la tierra.
• El inventario Forestal
• El inventario Fáunico
• La información legal de los Recursos Renovables.
• Los niveles de contaminación por regiones
• El inventario de fuentes de Contaminación y emisión
La protección del medio ambiente se ha convertido en uno de los ejes transversales de todas las acciones comerciales, culturales, sociales y económicas del ser humano. El planeta está pasando la factura a los excesos cometidos en la sobre explotación de nuestros recursos, esto dicho de manera general suena alarmante
[2]Recuperado de http://www.educarchile.cl/Portal.Base/Web/VerContenido.aspx?ID=96810
el 07 de abril de 2013
[3]Recuperado de http://monambiental9106.blogspot.com/2012/11/nic-37-una-norma-de-contabilidad.html
el 07 de abril de 2013
[4]Tomado del manual conceptual y
procedimental para la metodología para
el calculo de multas por infraccion a la normatividad ambiental, expedido en el
año 2010 por el Ministerio De Medio Ambiente Vivienda Y Desarrollo
[5]UNESCO, Conferencia Mundial sobre la
Educación Superior - 2009: La nueva dinámica de la educación superior y la
investigación para el cambio social y el desarrollo (Sede de la UNESCO, París,
5-8 de julio de 2009) Comunicado (8 de julio de 2009). UNESCO, 2010, París
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