lunes, 21 de mayo de 2012

¿QUE IMPUESTOS DEBE DECLARAR UNA COMPAÑÍA COLOMBIANA QUE PRESTA SERVICIOS DE ASESORIA FINANCIERA EN ESTADOS UNIDOS?


ASPECTOS TRIBUTARIOS EN ASESORIA FINANCIERA
La regla general con relación al impuesto sobre la renta, es que los servicios prestados en el extranjero no están gravados en Colombia, salvo que se trate de servicios de asistencia técnica, consultoría y servicios técnicos, los cuales generan ingresos de fuente nacional independientemente del lugar donde se presten, los demás servicios prestados en el país generan renta de fuente nacional. (Lewin & Wills.presetacion contratos Internacionales y Aspectos Tributarios.2011.p2)

Si el servicio que se presta califica como servicio técnico o de asistencia técnica o el pago corresponde a servicios de consultoría, entonces la tarifa de retención en la fuente es del 10% sobre el valor bruto del pago, sin importar si el servicio es prestado en Colombia o desde exterior, de acuerdo con lo establecido en el artículo 408 del Estatuto Tributario. En este caso, el gasto sería deducible en un 100%.

Si el servicio que se presta no califica como servicio técnico o de asistencia técnica o de consultoría, entonces se debe determinar en donde se prestó el servicio. Si el servicio lo presta un extranjero en Colombia, la retención en la fuente efectiva es de 33% y el gasto sería deducible en un 100%.

Si el servicio se prestó en el exterior por una parte no relacionada, el servicio no sería considerado un ingreso de fuente nacional para el extranjero beneficiario del pago y por lo tanto, no habría lugar a practicar retención en la fuente. En este caso, el gasto sería deducible sólo hasta por un monto equivalente al 15% de la renta líquida del mismo año gravable, calculada sin tener en cuenta la deducción correspondiente.

Si el servicio se prestó en el exterior y el pago se hace a la casa matriz o a una subsidiaria o filial de ésta en el exterior, el pago debe ser sometido a una retención en la fuente de 33% para que sea deducible en Colombia, de acuerdo con lo establecido en el artículo 124 del Estatuto Tributario. (Lewin & Wills.presetacion contratos Internacionales y Aspectos Tributarios.2011.p3)

·         TRATAMIENTO DEL IMPUESTO SOBRE LA VENTAS
La regla general, de acuerdo con el artículo 420 del Estatuto Tributario, es que los servicios prestados en el territorio nacional se encuentran sometidos al IVA a la tarifa general del 16%, salvo algunos servicios excluidos, exentos o con tarifas preferenciales.

Por regla general los servicios se consideran prestados en la sede del prestador del servicio, sin embargo ciertos servicios ejecutados desde el exterior a favor de usuarios o destinatarios ubicados en el territorio nacional, se entienden para todos los efectos del IVA, prestados en Colombia y como consecuencia se encuentran sometidos a dicho impuesto. (Lewin & Wills.presetacion contratos Internacionales y Aspectos Tributarios.2011.p3)

Los servicios de asistencia técnica y consultoría se encontrarían sometidos a IVA a la tarifa general del 16%, así se presten desde el exterior. Los de servicios técnicos que se presten desde el exterior no.

En estos casos, el impuesto es pagado por el beneficiario del servicio en Colombia, quien debe retenerlo en un 100% y declararlo y pagarlo.

El beneficiario en Colombia del servicio que paga y retiene el impuesto, puede llevar dicho IVA como descontable. (Lewin & Wills.presetacion contratos Internacionales y Aspectos Tributarios.2011.p6)

Según el literal e) del artículo 481 del Estatuto Tributario, tambien son exentos del impuesto sobre las ventas: Los servicios que sean prestados en el país en desarrollo de un contrato escrito y se utilicen exclusivamente en el exterior por empresas o personas sin negocios o actividades en Colombia, de acuerdo con los requisitos que señale el reglamento. Recibirán el mismo tratamiento los servicios turísticos prestados a residentes en el exterior que sean utilizados en territorio colombiano, originados en paquetes vendidos por agencias operadores u hoteles inscritos en el registro nacional de turismo, según las funciones asignadas, de acuerdo con lo establecido en la Ley. (Lewin & Wills.presetacion contratos Internacionales y Aspectos Tributarios.2011.p25)

LA EXENCIÓN DEL IMPUESTO A LAS VENTAS - IVA EN EXPORTACIÓN DE SERVICIOS EXIGE LOS SIGUIENTES REQUISITOS:

1.      el servicio debe ser prestado materialmente desde Colombia para su uso exclusivo en el exterior y no puede haber desplazamiento del prestador o proveedor del servicio;

2.      Seleccionar el mercado en el que se quiere incursionar. Identificar las características del país a donde se va a exportar, como preferencias de los consumidores y normatividad.

3.      el prestador del servicio debe estar inscrito en el RUT como exportador;

4.      el contrato de exportación de servicios debe contar con una cláusula en la cual conste que el servicio será utilizado exclusivamente en el exterior; y

5.      el contrato de exportación de servicios debe ser registrado ante la Ventanilla Única de Comercio Exterior – VUCE, antes de iniciar la prestación del servicio, junto con una declaración juramentada en la cual se certifique que el servicio será utilizado exclusivamente en el exterior, el valor del contrato, que la empresa contratante no desarrolla directamente actividades en Colombia, que el servicio prestado está exento del IVA, y que no opera la aplicación de la retención en la fuente por ingresos de exportaciones.

6.      Conservar los documentos soportes de la operación de exportación de servicios, la certificación del país de destino del servicio sobre la existencia y representación legal del contratante extranjero.
Servicio siempre debe ser utilizado exclusiva y totalmente en el exterior por la empresa contratante. . (Lewin & Wills.presetacion contratos Internacionales y Aspectos Tributarios.2011.p26)
REGIMEN CAMBIARIO
ASESORIA FINANCIERA

Los pagos efectuados por prestación de servicios de asistencia técnica, servicios técnicos y consultoría son operaciones de mercado libre, por lo anterior, no requieren ser canalizadas a través del mercado cambiario y pueden ser pagadas directamente en el exterior o desde Colombia.

En caso de que sean canalizadas voluntariamente a través del mercado cambiario (a través de los intermediarios del mercado cambiario o de cuentas de compensación), se debe formalizar la operación en la Declaración de Cambio por Servicios, Transferencias y otros Conceptos. (Lewin & Wills.presetacion contratos Internacionales y Aspectos Tributarios.2011.p10)

• Si se trata de un contrato de desarrollo de software elaborado por un extranjero no residente, independientemente de que la labor se realice en el exterior o en Colombia, la retención aplicable será del 10%, por tratarse de un servicio técnico. (Lewin & Wills.presetacion contratos Internacionales y Aspectos Tributarios.2011.p21)
¿Que son los servicios?

Villamizar refiere son actividades que vinculan a dos agentes económicos con el objeto de generar un cambio en la condición de un bien lo cual da lugar a una relación comercial que puede ser de carácter nacional o internacional.


Para lograr realizar una exportación de servicios financieros se deben seguir los siguientes pasos:
  • Realizar el registro como exportador en el Registro Único Tributario (RUT)
  • Hacer un estudio de mercado y seleccionar el sector en la cual se quiere incursionar esto comprende la escogencia del país, las preferencias de los consumidores y la ley que lo rige.
  • Inscribirse ante del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo teniendo en cuenta los siguientes requisitos:
 

Obtención de la Firma Digital ante CERTICÁMARA Bogotá
Diligenciar la declaración de exportación de servicios previo al reintegro de divisas
Registrar la declaración de contrato de exportación de servicios
Presentar el contrato de exportación de servicios o la factura de prestación de servicios


  • Es importante conservar los documentos soportes de la operación de exportación de servicios, la certificación del país de destino del servicio sobre la existencia y representación legal del contratante extranjero.

¿QUE HACER PARA EXPORTAR SERVICIOS?

·         Actualmente se cuenta con el Centro de Información y Asesoría en Comercio Exterior (ZEIKY) quienes tienen la labor de prestar la asesoria en temas básicos de comercio exterior, a los empresarios que van a iniciar el proceso de exportación de sus servicios.


¿Qué es el Plan Vallejo de Servicios?

“El Plan Vallejo de Servicios (PVSS) es un instrumento de comercio exterior por medio del cual las empresas  exportadoras de servicios, incluyendo consorcios y uniones temporales, pueden solicitar autorización a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) para importar bienes de capital y repuestos (estos  últimos exclusivos para servicio de transporte aéreo) con suspensión total o parcial de los derechos de  aduana y el diferimiento del pago del IVA, para la prestación de servicios exportables” (Villamizar M. Maritza; Mayo 2009)
Según Maritza Villamizar el Plan Vallejo de Servicios ofrece los siguientes  beneficios a los usuarios:
  • Suspensión total del pago de arancel en las importaciones de los bienes de capital y los repuestos durante la vigencia del programa.
  • Diferimiento en el pago del IVA en las importaciones temporales de los bienes de capital y los repuestos.
  • Mayor eficiencia en los trámites aduaneros.
  • Posibilidad de ser utilizado por PYMES
  • Posibilidad de exportar servicios en las cuatro modalidades de suministro internacional de servicios reconocidas por el acuerdo general de comercio de servicios.
MODOS DE SERVICIOS
SUMINISTRO TRANSFRONTERIZO

Suministrado desde Colombia                           Al territorio de cualquier otro país

(Educación a Distancia, Diseños, Arquitectos,

Estudios de Mercado)

 

CONSUMO EN EL EXTRANJERO

 

Suministrado desde Colombia                           Por desplazamiento del consumidor

(Turismo, Educación, Salud, Estética)

 

PRESENCIA COMERCIAL

 

Desplazamiento temporal del proveedor                  Al territorio del consumidor por

(Constructoras, Hoteles, Bancos)                          cualquier tipo de establecimiento comercial o profesional

 

MOVIMIENTO DE PERSONAS FISICAS

 

Traslado temporal del proveedor                                Al territorio del país consumidor

(Prestación de servicios de infraestructura

Básica)

¿Quiénes pueden ser usuarios?

Al plan Vallejo de servicios puede acceder cualquier empresa (persona jurídica), incluyendo consorcios y uniones temporales de obras públicas, que se encuentre inscrita en el Registro Único Tributario (RUT) como usuario aduanero en calidad de exportador de servicios.

¿Qué servicios comprende?

·         Servicios Prestados a las Empresas
·         Servicios de Comunicaciones
·         Servicios de Distribución
·         Servicios de Enseñanza
·         Servicios de Transporte
·         Servicios Sociales y de Salud
·         Servicios de Turismo y Servicios Relacionados con los Viajes
·         Servicios de Construcción y Servicios de Ingeniería Conexos
MARCO LEGAL DE PRESTACION DE SERVICIOS
·         Decreto 2331 del 2001
·         Decreto 2099 del 2008
·         Decreto 2100 del 2008

Las empresas de asesoria financiera no deben declarar impuestos en estados unidos ni en Colombia.
 Si es declarado o causado en Colombia será descontable, porque es un beneficio que se da a la exportación de servicios  para incentivar la exportación de este.

Para que sea exento del IVA, la empresa beneficiada del servicio no debe tener ninguna actividad con Colombia para que se valida la secesión del IVA.
ENTREVISTA A EMPRESARIO DEDICADO A LA ASESORIA FINANCIERA EN ESTADOS UNIDOS.
Nuestra experiencia con respecto a la entrevista dada por el Señor Andrés Villaquiran socio y empresario de la empresa RISK MANAGEMENT INSIGHT SAS, nos aporto mucho primero a manera de proyecto porque nos dio a conocer comparativamente los beneficios y falencias de la economía Estadounidense y Colombiana en la prestación de servicios financieros, ya que ellos prestan servicios a empresas que constantemente mantiene riesgos en moneda, tasa de interés y materia prima.
El argumenta que Estados Unidos es una economía principal en la parte de servicios, y que su mercado principal es Latinoamérica en general principalmente Colombia, ya que como lo especificábamos anteriormente la parte de producción Colombiana sostiene mayores riesgos.
El Señor Villaquiran nos comenta que otra opción para exportar su servicio financiero seria en China, es una economía grande y que crece permanentemente y en producción de bienes más que de servicios, además porque  el crecimiento de china como potencia mundial es cada vez mayor.
Su medio para darse a conocer tanto nacional como internacionalmente es por la Internet, adicional a esto las recomendaciones de sus clientes extranjeros que atrae a más clientes.
Redactado por: Angie Riaño, Maria Gutierrez, Natalia Tibacan, Adriana Leguizamon, Maycol Martinez.

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